20 comparecientes de las Farc-EP rindieron versión ante la JEP por tomas guerrilleras y otros crímenes en Tolima, Quindío y Huila

En múltiples sesiones desarrolladas entre marzo, abril y mayo en Pereira y Bogotá, veinte comparecientes de las Farc-EP rindieron versión en audiencias convocadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP. Respondieron por crímenes como homicidios, masacres, atentados, uso de minas antipersonal, desplazamientos forzados, desapariciones forzadas y tomas guerrilleras que afectaron a personas en Tolima, Quindío y Huila, zonas donde operó el Comando Conjunto Central (CCC).
Las diligencias se realizaron en el marco del Caso 10, que investiga los crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc-EP. Son crímenes tan graves que no pueden recibir perdón judicial y deben ser investigados, juzgados y sancionados. La magistrada Marcela Giraldo Muñoz, correlatora de este caso, invitó a los comparecientes “a hacer aportes con sus voces a la justicia y a construir la verdad de lo ocurrido durante el conflicto armado”, como parte de sus compromisos con la Justicia Transicional Restaurativa.
Estas versiones voluntarias son reservadas para proteger la investigación, en especial, para garantizar la seguridad de los sujetos procesales e intervinientes especiales. Es decir, para proteger a las víctimas, comparecientes y otras personas que participan en el proceso judicial.
Las diligencias se realizaron en el marco del Caso 10, que investiga los crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc-EP. Son crímenes tan graves que no pueden recibir perdón judicial y deben ser investigados, juzgados y sancionados. La magistrada Marcela Giraldo Muñoz, correlatora de este caso, invitó a los comparecientes “a hacer aportes con sus voces a la justicia y a construir la verdad de lo ocurrido durante el conflicto armado”, como parte de sus compromisos con la Justicia Transicional Restaurativa.
Estas versiones voluntarias son reservadas para proteger la investigación, en especial, para garantizar la seguridad de los sujetos procesales e intervinientes especiales. Es decir, para proteger a las víctimas, comparecientes y otras personas que participan en el proceso judicial.